Entidades sin fines de lucro
-
24 de noviembre de 2017
,por Calabró, Horacio Miguel
Marco Normativo:
CCCN Art. 151-170.
IGJ R. 7/2015. Art. 362 a 368
Siguiendo al Código Civil y las normas complementarias de la Resolución 7/2015 IGJ, encontramos las características esenciales para la razón social o denominación de las asociaciones civiles:
La parte del Código dedicado a las Personas Jurídicas en general nos indica que:
- ACTA DE CONSTITUCION: el acta constitutiva debe contener el nombre que identifica a la entidad.
- MENCIONAR EL TIPO JURIDICO: la razón social deberá incluir el vocablo “asociación civil” antes o después del nombre... >
»» Ver artículo completo
-
El concepto “Sin fines de lucro”
28 de abril de 2017
,por Calabró, Horacio Miguel
-* {LUCRUM (latin):}
Ganancia, logro, provecho.
-* {LUCRO (diccionario Real Academia Española):}
Ganancia o provecho que se saca de algo .
1. MARCO NORMATIVO
Código Civil y Comercial de la Nación
Artículo 168. Segundo Párrafo.
{ARTICULO 168.- Objeto. La asociación civil debe tener un objeto que no
sea contrario al interés general o al bien común. El interés general se
interpreta dentro del respeto a las diversas identidades, creencias y
tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias, sociales,
políticas o étnicas que no... >
»» Ver artículo completo
-
Definición. Conceptualización Jurídica. Marco Normativo.
5 de abril de 2017
,por Calabró, Horacio Miguel
1. QUE ES UNA ASOCIACIÓN CIVIL
Siguiendo al Código Civil y Comercial de la Nación podemos definir a la ASOCIACIÓN CIVIL como UNA PERSONA JURÍDICA PRIVADA AUTORIZADA EXPRESAMENTE A FUNCIONAR POR EL ESTADO, INTEGRADA POR UN CONJUNTO DE ASOCIADOS PARA DESARROLLAR ALGUNA ACTIVIDAD SIN FINES DE LUCRO QUE NO SEA CONTRARIA AL BIEN COMÚN.
-* PERSONA JURÍDICA: persona de existencia ideal de carácter privado que debe ser autorizada para funcionar por el Estado (Inspección General de Justicia de la Nación u Organismos Provinciales).
-* CONJUNTO DE ASOCIADOS: personas... >
»» Ver artículo completo
-
29 de marzo de 2017
,por Calabró, Horacio Miguel
Marco Normativo:
Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) Artículos 156 – 168 – 170c
Resolución Nº 7/2015 (I.G.J.). Artículos 352.3e – 369 – 370 – 371 – 373 – 374.3 – 374.4
{CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
ARTÍCULO 168.- Objeto. La asociación civil debe tener un objeto que no sea contrario al interés general o al bien común. El interés general se interpreta dentro del respeto a las diversas identidades, creencias y tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias, sociales, políticas o étnicas que no vulneren los... >
»» Ver artículo completo
-
Situación de Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades sin Fines de Lucro
23 de mayo de 2016
,por Calabró, Horacio Miguel
1.
INTRODUCCIÓN
{SINTESIS: Poseer Certificado de Exención de Ganancias no implica que automáticamente la entidad esté exenta de IVA para todas sus operaciones.
Exento: Servicios relacionados con sus fines específicos, Servicios y Ventas exentas para cualquier sujeto e Ingresos por donaciones, patrocinios y cuotas sociales (fuera del ámbito del impuesto).
Gravado: Servicios no relacionados con sus fines. Venta de bienes gravados. Prestación de servicios médicos y paramédicos. En cualquiera de estos casos deberá darse de alta en el IVA y cumplir con todas las... >
»» Ver artículo completo
-
Nuevo Formulario Obligatorio de Ingreso de Trámites
1 de abril de 2009
,por De Gennaro, Francisco
1. INTRODUCCIÓN
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires emitió, con fecha 18 de marzo de 2009, la Disposición Nº 14/2009 (D.P.P.J.). Por la referida disposición se establece a partir del mes de mayo, específicamente desde el primer día hábil de mayo, la obligatoriedad para todo inicio de trámite, de adjuntar debidamente completado el formulario “Minuta Rogatoria – Declaración Jurada Inicio de Trámite”, el que se encuentra incluido en el cuerpo de la norma.
En el presente artículo se transcribirá el texto de la Disposición... >
»» Ver artículo completo
-
Prevenciones en su Inscripción para Lograr la Exención en el Impuesto a las Ganancias
1 de febrero de 2009
,por De Gennaro, Francisco
1. INTRODUCCIÓN
Las asociaciones civiles y fundaciones, se encuentran exentas del impuesto a las ganancias según surge de la Ley Nº 20.628, en su artículo 20, texto según Ley Nº 23.658, artículo 25, punto 1. [[{Boletín oficial del 10/01/89.}]] Que legisla, en la parte pertinente lo siguiente:
-* {“ Exenciones
Artículo 20— Están exentos del gravamen:
...
f) Las ganancias que obtengan las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas,... >
»» Ver artículo completo
-
Reempadronamiento en la D.P.P.J. Luego del Vencimiento
1 de enero de 2009
,por De Gennaro, Francisco
1. INTRODUCCIÓN
El pasado 28 de noviembre de 2008 operó el vencimiento, prorrogado, del reempadronamiento de sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, dispuesto por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires. La fecha primitiva para dicho reempadronamiento era el 25 de agosto del mismo año.
Las normativas que le dieron vida y reglamentaron el reempadronamiento fueron las siguientes:
-* Resolución Nº 15/2008 del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
-* Disposición Nº 5/2008 (D.P.P.J.).
-*... >
»» Ver artículo completo
-
1 de septiembre de 2008
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Reempadronamiento obligatorio de sociedades comerciales y asociaciones civiles
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires dictó, con fecha 25 de agosto de 2008, la Disposición Nº 70/2008 que dispone prorrogar el vencimiento para el reempadronamiento obligatorio de sociedades comerciales y asociaciones civiles hasta el 28 de noviembre de 2008.
1.2. Tratamiento de datos personales
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dictó, con fecha 22 de agosto de 2008, la Resolución Nº 7/2008... >
»» Ver artículo completo
-
29 de agosto de 2008
,por Santos Romero, Analía
Tal como lo adelantamos, las sociedades comerciales, fundaciones y asociaciones civiles inscriptas con anterioridad al 31/12/2006, tendrán plazo hasta el 28 de noviembre de 2008 para cumplir con el reempadronamiento obligatorio implementado por la [Resolución Nº 15/2008->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article30731&var_recherche=15/2008].
Así lo dispuso la Dirección Provincial de Personas Jurídicas a través del dictado de la [Disposición Nº 70/2008->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article30421&var_recherche=70/2008] (B.O.P.B.A. del 26/08/2008).
Cabe... >
»» Ver artículo completo
-
29 de febrero de 2008
,por Santos Romero, Analía
Desde el lunes, las sociedades comerciales y asociaciones civiles inscriptas ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o ante los Registros Públicos de Comercio deberán reempadronarse obligatoriamente, a fin de depurar y actualizar el padrón de sociedades y asociaciones inscriptas.
El plazo para dicho reempadronamiento se extenderá hasta el 25 de agosto próximo.
La medida fue dispuesta por la [Resolución Nº 15/2008->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article30898&var_recherche=15/2008] del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y reglamentada... >
»» Ver artículo completo
-
Auditoría Práctica
1 de julio de 2007
,por Lauletta, Francisco
1. ASOCIACIONES CIVILES Y FUNDACIONES
1.1. Características
Las asociaciones civiles y fundaciones son personas jurídicas de carácter privado, cuyo objeto principal es el bien común (carecen de fines de lucro), poseen patrimonio propio, son capaces por sus estatutos de adquirir bienes y no deben subsistir exclusivamente de asignaciones del Estado. Esta última es condición básica impuesta para el otorgamiento de personería jurídica.
1.2. Tipos
El artículo 33, segunda parte, inciso 1), del Código Civil, habla de los tipos de estas instituciones. Las fundaciones... >
»» Ver artículo completo
-
Obligaciones y Responsabilidades
1 de junio de 2007
,por Calabró, Horacio Miguel
1. INTRODUCCIÓN
Todas aquellas personas que por vocación de servicio desinteresada, auténtico deseo de servir a la comunidad en general o a determinados grupos de afinidad, o simplemente porque la emergencia de su actividad social o laboral, profesional o empresaria lo coloque en situación de integrar el órgano de administración o fiscalización de una organización no lucrativa, a partir del momento que acepte el cargo para el cual fuera elegido, adquiere importantísimas obligaciones y responsabilidades jurídicas que intentaremos bosquejar en este trabajo.
En principio, es... >
»» Ver artículo completo
1
|
|